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miércoles, 9 de marzo de 2016

El artículo 62 del Reglamento de FBF prevé sanciones a jugadores y clubes

La Federación Boliviana de Fútbol en su reglamento, y en particular del Código de Disciplina , a propósito de jugadores que renunciarn a atender la convocatoria a sus selecciones nacionales, tiene claro las sanciones que serán aplicadas al jugador y también al club.

El Artículo 62, refiere taxativamente los márgenes de las sanciones a las que deberán acoger quienes incurran en esta postura que -por ahora- es la comidilla de quienes siguen al fútbol y en particular a la Selección.

Textualmente en el artículo aludido se señala lo siguiente:

“El jugador que sin causal justificada se resista asistir a la convocatoria a integrar las selecciones nacionales en cualquiera de sus categorías, será sancionado con la suspensión de toda actividad deportiva por un año calendario. Si la inasistencia del jugador a la convocatoria fuera decisión y responsabilidad de su club, este último será sancionado con una multa de 5.000 dólares por cada jugador convocado.

Además de la multa pecuniaria, impuesta al club responsable de la inasistencia del jugador a una convocatoria, se le descontará tres puntos de la tabla general de posiciones del campeonatro en disputa o por disputarse, estos puntos a descontarse no beneficiarán a ningún club”.

Este artículo que hace referencia a un elemento que por ahora está insertado en el rubro Selección Absoluta, en las siguiente horas podrá adquirir matices que encaucen a una salida a los desencuentros entre unos y otros actores de la Verde.

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